Horario: 1ª Convocatoria 9.30 de la mañana. Segunda Convocatoria 10 de la mañana.
1º Presentación y Saludos de Bienvenida
2º Constitución de la Mesa Electoral
3º Votaciones para la elección de Presidencia y Secretaría General
4º Debate y Aprobación de las modificaciones al Estatuto General de la Naturopatía
5º Ruegos, Varios y Preguntas.
(7) A partir del envío d ela fecha de convocatoria y Orden del Día provisional de la Asamblea, las Asociaciones Profesionales tendrán 15 días para remitir al Consejo General las modificaciones o nuevas propuestas que consideren oportunas. Cumplido este plazo, y una vez analizadas las propuestas recibidas y tras la necesaria labor de síntesis, el Consejo General decidirá el Orden definitivo que enviará en el plazo de 15 días el Secretario General a las Asociaciones Profesionales para su trabajo y discusión.
(8) El Orden del día reelaborado se procurará que sea:
* Ampliamente compartido, debiendo constar inexcusablemente aquellos puntos que sean propuestos por la mayoría de las Asociaciones Profesionales.
* Realista, es decir, conectados con las necesidades de la NATUROPATIA
* Eliminando toda temática que encuentre solución en distintos ámbitos territoriales o comicios de ámbito inferior.
(9) Una vez publicado el Orden del día definitivo, y en el plazo máximo de 45 días,se remitirán a la Comisión Organizadora los trabajos sobre los temas que figuran en el Orden del día presentados por cualquier Asociado, individual o colectivamente, o Asociación Profesional para su difusión a todo el Consejo Autonómico. La aportación que no haya tenido su entrada en este plazo no contará para el resto del proceso, la Comisión Organizadora distribuirá en el plazo máximo de 15 días las aportaciones recibidas. Desde el momento de la difusión efectuada por la Comisión Organizadora, y en el plazo de un mes, las Asociaciones Profesionales que lo estimen conveniente, remitirán a la misma por escrito y con cuantos votos avalan a algunas de las ponencias publicadas. La Comisión Organizadora en el plazo de 15 días desde la finalización del anterior, publicará la memoria definitiva que recogerá aquellas ponencias que hallan recibido el aval de las Asociaciones Profesionales que representan al menos un 10% de los votos de todas las Asociaciones Profesionales pertenecientes al Consejo Autonómico. Este aval no implicaría la posición definitiva que las Asociaciones Profesionales lleven a la Asamblea. Si un trabajo determinado, contase con el aval necesario desde el primer momento no se requerirá hacerlo por segunda vez, incorporándose a la memoria definitiva.
(10) En cualquiera de estos dos periodos se pueden incluir las propuestas para Presidente y Secretario General. En cualquier caso los miembros propuestos deben de conocerse con al menos 15 días de antelación a la celebración de la Asamblea.
(12) La Asamblea General está constituida por los delegados directos de las Asociaciones Profesionales, elegidos democráticamente. Pueden enviar delegados aquellas Asociaciones Profesionales constituidas o federadas, al menos 2 meses antes de la celebración y que se encuentren al corriente en el pago de sus cotizaciones. En el caso de que una Asociación Profesional se haya federado a dentro de los dos meses anteriores a la fecha de
celebración de la asamblea general y desee participar en el mismo, remitirá un
informe al consejo general quién resolverá.
(13) La tesorería del Consejo General será quién acreditará las cotizaciones de las Asociaciones Profesionales, y un mes antes del inicio de la Asamblea, distribuirá la tabla informativa de todas las Asociaciones Profesionales, dando un plazo de hasta 15 días antes del inicio d ela Asamblea para reclamaciones las cuales deberán resolverse antes de 5 días del inicio de la Asamblea.
(14) Las Organizaciones de ámbito internacional y estatal serán invitadas por el Consejo General, bien a iniciativa propia o a propuesta de alguna Asociación Profesional u organismo del Consejo Autonómico. Las de ámbito inferior serán invitadas por el organismo orgánico correspondiente con l aprobación del Consejo General, que publicará la lista provisional de organismos y personas invitadas 15 días antes de la Asamblea.
(15) Las votaciones serán por delegación. Las resoluciones en la Asamblea se pueden tomar por aclamación, a mano alzada o nominalmente. No obstante, y si la Mesa de la Asamblea correspondiente estimase que puede agilizar la elección de la forma de votación, se podrá efectuar votaciones de tanteo para elegir la más adecuada. Se votará nominalmente siempre que la Mesa de la Asamblea correspondiente estime necesario dejar constancia de la opinión expresa de las delegaciones presentes, o lo soliciten el 10% de las delegaciones presentes.
(16) Los acuerdos de la Asamblea entrarán en vigor 15 días después de haber sido publicado por el nuevo Consejo General y como máximo dos meses después de la celebración de la Asamblea, salvo lo relativo a los cargos elegidos, que entrarán en vigor en el momento de conocer el resultado de su elección.
(17) Los acuerdos serán válidos para todos los Consejos Autonómicos. Contra los acuerdos procederán los recursos que en cada caso y en cada momento corresponda.
- La fecha de presentación de candidatura de Presidencia y Secretaria General será hasta el día 31 de marzo a las 24 horas en Secretaría General
- Del 1 al 15 de Abril serán enviadas a las federaciones las Candidaturas para que se proceda a su aprobación legal o recusación en su caso.
- Del 15 al 20 se presentarán las alegaciones oportunas por parte de las candidaturas recusadas.
- Del 21 al 24 la Comisión Organizadora resolverá.
- El día 25 de Abril será la proclamación de candidaturas y enviadas de nuevo a las Federaciones para su conocimiento y divulgación entre la Colegiación.
- El voto se podrá realizar por correo, e-mail, o directamente en los locales habilitados al efecto por cada Consejo Autonómico dando comienzo el 29 de Abril hasta el 15 de Mayo a las 24 horas.
- Del 16 de mayo al 21 se abre el plazo para las reclamaciones e impugnaciones de las votaciones.
- Del 21 al 23 la Comisión Organizadora resolverá.
Los Delegados llevarán a la Asamblea General los votos emitidos por la Colegiación.
Las papeletas con las Candidaturas serán enviadas a los Consejos Autonómicos para que la envíen a la Colegiación o en su defecto se enviarán directamente a la Colegiación. Estas serán de formato estándar y con clave de autenticidad.
Las votaciones por e-mail se realizará siguiendo el mismo procedimiento y con el mismo modelo
- Hasta el 11 de Mayo
Las modificaciones al estatuto se enviarán a estatutosfenaco@chemedia.zzn.com