Expertos en fitoterapia de toda España presentaron en Sevilla el primer documento de consenso sobre el uso de plantas medicinales, un escrito en el que defienden su eficacia. Con este documento, estos expertos pretenden transmitir a los usuarios de estos productos que “pueden confiar en los medicamentos basados en plantas medicinales” para prevenir y tratar trastornos de salud leves y moderados.
Ahora bien, la legislación española establece que sólo los medicamentos, sean de origen sintético o vegetal, pueden publicitar propiedades terapéuticas, por lo que según la ultima normativa sobre plantas medicinales se contempla que al no ser medicamentos no pueden publicitar propiedades terapéuticas, es decir las plantas no son medicamentos, y como tal son productos de libre venta.
También los expertos inciden en el hecho de la publicidad, matizando la importancia de una publicidad adecuada a derecho. En el caso concreto de la Fitoterapia hay que apuntar que para sancionar la publicidad de este tipo de medicamentos deben tenerse en cuenta al menos dos requisitos: que el producto se encuentre registrado como medicamento y, en caso de que no sea así, que se atribuyan en la publicidad del producto indicaciones terapéuticas. (ver la noticia “La sentencia del Juzgado Contencioso número 2 de Málaga que ha sancionado a un farmacéutico por ofrecer de forma genérica muestras de productos de fitoterapia en la publicidad“)
Desde FENACO apuntamos que la utilización y recomendaciones realizadas por el profesional Naturópata está ajustada a derecho, tanto en la publicidad que realiza como en la practica profesional, en este caso en la recomendación de productos fitológicos, ya que el profesional Naturópata, desde que comienza su actividad como tal en España en 1922, por tradición, experiencia y conocimiento viene recomendando las plantas como remedio de salud.