“Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.” (Art. 35.1 Constitución Española).
La Constitución Española reconoce el derecho a la libre elección de Profesión… , y por ello los profesionales de la NATUROPATÍA, que llevamos ejerciendo esta profesión en España desde 1922, la hemos elegido libremente para ejercerla con vocación de servicio a nuestra sociedad, cumpliendo con la normativa vigente y realizando nuestra actividad dentro del marco legal del Estado de Derecho. Nuestro estatus legal es socieconomico y sociolaboral, reconocido en 1990 y 1997, con este reconocimiento venimos ejerciendo una PROFESIÓN cada vez más solicitada por la ciudadanía.
“Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social“.(Art. 9.2 Constitución Española)
Desde la Organización Colegial Naturopática FENACO reclamamos a los poderes públicos que eliminen todos los obstáculos que actualmente nos está impidiendo nuestro pleno desarrollo profesional, facilitando con ello nuestro plena integración profesional.
Por ello, en el día en que se celebra el aniversario de la Constitución Española, la Organización Colegial Naturopática FENACO, la organización más representativa e implantación en España trabajando por el reconocimiento institucional de la Naturopatía, exige a la Administración (central y autonómicas) el reconocimiento de una PROFESIÓN que libremente hemos elegido y que hemos demostrados suficientemente que somos PROFESIONALES.