En atención a la invitación hecha por María José de Diego, Delegada de la OCN FENACO en Granada, a Eduardo Caracuel, Concejal de Patrimonio y Relaciones Institucionales del Ayuntamiento de Granada, nos mostró su interés por el proceso de regulación de la profesión Naturopática que la Organización Colegial Naturopática FENACO ha presentado al INCUAL y a los responsables de sanidad del Gobierno central y autonómicos.
La propuesta de regulación de la Organización Colegial Naturopática FENACO de la profesión de Naturopatía, utilizando el término Naturopatía como designación para la práctica de los Métodos Naturales y Procedimientos de Salud, denominación genérica aceptada internacionalmente (con las distintas traducciones en cada lengua, por ejemplo HEILPRAKTIKER, en Alemania), es ajustada a derecho y permitiría, entre otras cosas:
1º. La libre circulación por los países de la UE, con el reconocimiento mutuo de títulos, diplomas, certificados y acreditaciones; además de una ampliación del mercado laboral con la consiguiente inserción laboral. Entendemos que es mejor la regulación de una profesión ya existente con sus herramientas, que regular herramienta por herramienta. Pongamos por el ejemplo, el caso de los Heilpraktiker alemanes que suelen dominar y utilizar unas 300 herramientas (“terapias naturales”), sería un problema si en España quisiéramos regular terapia por terapia, ya que en España cualquier profesional Naturópata, por su formación, práctica y experiencia suele dominar una media de 30 – 100 herramientas (“terapias naturales”), habiendo otros profesionales que suelen dominar un mínimo de 3 herramientas (“terapias”). Por eso, tanto la libre circulación como la convalidación seria favorecida regulado una profesión con una denominación internacionalmente reconocida.
2º Regular a un colectivo reconociendo profesionalmente la cantidad de diplomas, certificados y otros documentos acreditativos bajo una denominación, como es el caso de los Heilpraktiker alemanes, lo cual también daría mayor cohesión al mercado laboral, pues facilitaría la contratación, los convenios colectivos, la asignación de epígrafes sociolaborales….. También facilitaría la identificación profesional por parte del usuario, ya que sabe a quien dirigirse si lo que desea es resolver sus problemas de salud por Métodos Naturales y Procedimientos de Salud, con las garantías que la regulación conllevaría.
3º Por otro lado, favorecería la incorporación al mercado laboral de los profesionales según sus competencias asignadas en cada nivel, facilitándoles a la vez la capacidad de promoción profesional y ascender a otras categorías que le permitan mayores conocimientos y en definitiva mejorar el servicio al usuario. Estos profesionales podrían seguir aprendiendo, conociendo, investigando y manejando nuevas herramientas (“terapias naturales”) dentro de su profesión Naturopática.
4º Y en última instancia, evitaría el conflicto con otras profesiones, ya que quedaría bien definida un área de conocimiento y cualificación profesional. Además la formación sería específica del sector Naturopático, evitando así el pseudointrusimo científico y profesional y el filibusterismo semántico, resolviendo, con ello, un problema histórico que dura ya 90 años en España (1922 – 2012)
5º En definitiva, tanto los profesionales, los usuarios, la administración y el mercado laboral saldrían beneficiados con la regulación tanto académica como profesional de la Naturopatía, y sus especialidades, que proponemos.
Desde la Organización Colegial Naturopática FENACO hemos apostado por el modelo de regulación de los Heilpraktiker alemanes como referente para la regulación de la práctica profesional Naturopática en España, y decimos referente porque la peculiaridades de la regulación sanitaria en España hace que la práctica profesional Naturopática tenga una adaptación legislativa acorde con la normativa legal recogida en el ordenamiento jurídico español; requisitos adaptativos que la Organización Colegial Naturopática FENACO viene cumpliendo en todo momento y ajusta su práctica a la legislación vigente.