En la reunión que ha estado marcado por el buen entendimiento y sensibilidad mostrada por el PSOE a favor de una regulación que de respuesta satisfactoria a las reivindicaciones históricas de los profesionales Naturópatas españoles.
Entre los aspecto abordados por la Organización Colegial Naturopática FENACO, Eva Jiménez, Presidenta Adjunta, deja claro, no ya la consabida necesidad de regulación sino el hecho de garantías tanto para el profesional Naturópata, ampliando nuestros derechos sociolaborales y garantizando el derecho al desarrollo profesional como para el usuario de los Servicios de Naturopatía garantizando un servicio de calidad.
Por parte del PSOE, Trinidad Jiménez, Secretaria de Política Social ; y José Martínez Olmos, Portavoz de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del grupo parlamentario socialista, han manifestado su compromiso a trabajar por la regulación de la Profesión Naturopática con el objetivo de que la ciudadanía este amparada en su derecho a la salud, y en este caso, a elegir los Servicios Profesionales de Naturopatía como una prestación más dentro de la cobertura de salud, con el ahorro sanitario que ello conllevaría tanto a nivel público como privado.
Durante el transcurso de la reunión, Eva Jiménez, Presidenta Adjunta de la Organización Colegial Naturopática FENACO, ha puesto el énfasis en los aspectos de la nomenclatura profesional de la Naturopatía, tema de singular importancia para un marco de regulación especifico para la Naturopatía; informándole a su vez de los contenidos del II Libro Blanco de la Profesión Naturopática para que se implique en el proceso de regulación de la Profesión Naturopática, e insistiendo en las ventajas de la regulación profesional tanto para los profesionales Naturópatas como los usuarios de los Servicios Profesionales de Naturopatía.
La propuesta de regulación de la Organización Colegial Naturopática FENACO de la profesión de Naturopatía, utilizando el término Naturopatía como designación para la práctica de los Métodos Naturales y Procedimientos de Salud, denominación genérica aceptada internacionalmente (con las distintas traducciones en cada lengua, por ejemplo HEILPRAKTIKER, en Alemania), es ajustada a derecho y permitiría, entre otras cosas:
1º. La libre circulación por los países de la UE, con el reconocimiento mutuo de títulos, diplomas, certificados y acreditaciones; además de una ampliación del mercado laboral con la consiguiente inserción laboral. Entendemos que es mejor la regulación de una profesión ya existente con sus herramientas, que regular herramienta por herramienta. Pongamos por el ejemplo, el caso de los Heilpraktiker alemanes que suelen dominar y utilizar unas 300 herramientas (“terapias naturales”), sería un problema si en España quisiéramos regular terapia por terapia, ya que en España cualquier profesional Naturópata, por su formación, práctica y experiencia suele dominar una media de 30 – 100 herramientas (“terapias naturales”, “terapias alternativas”…..), habiendo otros profesionales que suelen dominar un mínimo de 3 herramientas ((“terapias naturales”, “terapias alternativas”…..), . Por eso, tanto la libre circulación como la convalidación seria favorecida regulado una profesión con una denominación internacionalmente reconocida.
2º Regular a un colectivo reconociendo profesionalmente la cantidad de diplomas, certificados y otros documentos acreditativos bajo una denominación, como es el caso de los Heilpraktiker alemanes, lo cual también daría mayor cohesión al mercado laboral, pues facilitaría la contratación, los convenios colectivos, la asignación de epígrafes sociolaborales….. También facilitaría la identificación profesional por parte del usuario, ya que sabe a quien dirigirse si lo que desea es resolver sus problemas de salud por Métodos Naturales y Procedimientos de Salud, con las garantías que la regulación conllevaría.
3º Por otro lado, favorecería la incorporación al mercado laboral de los profesionales según sus competencias asignadas en cada nivel, facilitándoles a la vez la capacidad de promoción profesional y ascender a otras categorías que le permitan mayores conocimientos y en definitiva mejorar el servicio al usuario. Estos profesionales podrían seguir aprendiendo, conociendo, investigando y manejando nuevas herramientas (“terapias naturales”) dentro de su profesión Naturopática.
4º Y en última instancia, evitaría el conflicto con otras profesiones, ya que quedaría bien definida un área de conocimiento y cualificación profesional. Además la formación sería específica del sector Naturopático, evitando así el pseudointrusimo científico y profesional y el filibusterismo semántico, resolviendo, con ello, un problema histórico que dura ya 90 años (1922 – 2012) en España.
5º En definitiva, tanto los profesionales, los usuarios, la administración y el mercado laboral saldrían beneficiados con la regulación tanto académica como profesional de la Naturopatía, y sus especialidades, que proponemos.
Desde la Organización Colegial Naturopática FENACO hemos apostado por el modelo de regulación de los Heilpraktiker alemanes como referente para la regulación de la práctica profesional Naturopática en España, y decimos referente porque la peculiaridades de la regulación sanitaria en España hace que la práctica profesional Naturopática tenga una adaptación legislativa acorde con la normativa legal recogida en el ordenamiento jurídico español; requisitos adaptativos que la Organización Colegial Naturopática FENACO viene cumpliendo en todo momento y ajusta su práctica a la legislación vigente