Según la Ley de Naturopatía de 2007 , un Miembro está autorizado a realizar el acto controlado de “comunicar un diagnóstico Naturopático identificando, como la causa de los síntomas de un individuo, una enfermedad, trastorno o disfunción que puede identificarse a través de una evaluación que utiliza técnicas Naturopáticas. “
Un diagnóstico Naturopático se puede identificar utilizando uno o más de los siguientes:
➥Historial médico de un paciente.
➥Los resultados de una evaluación objetiva del paciente, incluido un examen físico.
➥Los resultados de cualquier prueba o investigación relevante.
Al comunicar un diagnóstico, los requisitos generales para realizar un acto controlado, descritos en la página Acerca de los actos controlados , no se aplican . En su lugar, un Miembro debe asegurarse de que:
➥Han establecido una relación Naturópata-paciente con el paciente.
➥Tienen el conocimiento, la habilidad y el criterio para realizar el acto controlado de manera segura, precisa y ética.
¿Qué es un diagnóstico Naturopático?
Los estatutos de Ontario no definen el “diagnóstico” o el “diagnóstico Naturopático”.
El College of Naturopaths of Ontario ha interpretado que “diagnóstico Naturopático” significa un diagnóstico determinado por un Naturópata, y aplicaría la definición generalmente aceptada utilizada por las profesiones de la salud, es decir, el uso de un diagnóstico diferencial.
Prohibición de delegación
El Reglamento General prohíbe a un Miembro delegar a otra persona el acto controlado de comunicar un diagnóstico Naturopático. Esto se basa en la premisa de que un diagnóstico Naturopático es un diagnóstico que es comunicado por un Naturópata. Si se permitiera la delegación, entonces un Naturópata ya no estaría comunicando ese diagnóstico.
El Estándar de Práctica para la Delegación y el Estándar de Práctica para Comunicar un Diagnóstico se pueden encontrar en la sección de Recursos del sitio web del Colegio.
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