El pasado día 23 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 25/2009, más conocida como Ley Ómnibus, con la que se pretende avanzar en la transposición de la Directiva de Servicios Comunitaria 2006/123/CE que, a su vez, tiene como objetivo conseguir un auténtico mercado único de servicios.
Esta Directiva, inscrita en el contexto de la “estrategia de Lisboa” propone facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios en la UE, reforzar los derechos de los usuarios de estos servicios, fomentar su calidad y establecer una cooperación administrativa efectiva entre los estados miembros. La Ley Ómnibus modifica la normativa estatal de rango legal para adecuarla, así, a los principios de la Ley sobre el libre acceso y ejercicio de las actividades de servicios.
En el ámbito de los Colegios Profesionales, se asumen nuevas competencias respecto a los consumidores y usuarios. Una futura ley establecerá la obligación o no de colegiarse para determinadas profesiones como, por ejemplo, la de enfermería, medicina, etc.
Lo que sí queda ya contemplado es que la obligatoriedad de ejercer en exclusiva una profesión tendrá que establecerse por ley, eliminando así las restricciones impuestas por los colegios. Dado que en algunas comunidades autónomas es posible que la colegiación sea voluntaria, habrá que esperar para ver como se resuelve el tema de realizar la labor profesional en exclusiva para la Administración. Además, ya no serán necesarios trámites habituales como la obligación de comunicar la realización de su trabajo fuera del territorio de su colegio de inscripción o la solicitud de visado colegial, salvo que así lo establezca la ley
La Organización Colegial Naturopática FENACO estima que la Ley Omnibus beneficiará los Servicios de Naturopatía tanto en el libre acceso de la ciudadanía como en la puesta en marcha de los mismos; en este sentido el que el ejercicio de la profesión naturopática este regulada en otros países de la Uniòn Europea,como es el caso de Alemania, obliga al estado español a reconocer la actividad profesional naturopática a la vez que el reconocimiento de las titulaciones y certificaciones de naturopatía obtenida en los paises de la UE, ya que, actualmente, están ejerciendo en España profesionales naturópatas de distintos países de la UE. Desde FENACO ya hemos solicitado la acreditación profesional y la evaluación de las competencias profesionales para la obtención de la Cualificación Profesional de Naturopatía.