Articulo solicitado para su publicación en Noticias Positiva
Estoy escribiendo un artículo para “noticias positivas” de acercamiento al estado de la medicina natural, complementaria, alternativa… El tema semántico parece que ya da a entender que hay diferentes formas de entender el sector, ¿no?
Básicamente, hay dos temas que me parece demandan especial atención.
Primero conviene aclarar algunos términos.
1º La Medicina Natural no se contempla en los estudios de Medicina oficial, tanto a nivel de formación especializada, tanto hospitalaria como extrahospitalaria. Además tampoco se contempla dentro de la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias como profesión ni como especialidad. Por lo tanto no tiene existencia jurídica – académica.
2º Entonces ¿de que estamos hablando?.
A) Que existe un área del saber humano, o sea una Ciencia, que se ocupa de la salud en su vertiente natural, es decir una Ciencia cuyo objeto formal de estudio es la Salud en su vertiente natural, Esta ciencia se denomina históricamente y socieeconomicamente NATUROPATIA (desde 1892). Es una ciencia dentro del conjunto de las Ciencias de la Salud (medicina, farmacia, estomatología, veterinaria, enfermería, fisioterapia, podología, terapia ocupacional, óptico – optometristas, dietética y nutrición) por su ontología, epistemología, metodología, tecnología y praxiología es una Ciencia de la Salud, aunque, al igual que la psicología, no se haya incluido dentro de la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias.
B) Por tanto la Naturopatía, no es: ni medicina, ni alternativa ni natural, ni holística, ni no convencional ni ninguna otra jerga pseudocientífica., Ya que si utilizamos el término natural (que por otro lado es ilegal según el Real Decreto de 2 de Agosto de 1996), confrontamos o damos a entender que existe otra ARTIFICIAL, algo que desde el punto de vista de la salud del ciudadano no es el abordaje más correcto; ni desde el punto de vista de una política sanitaria, ya que si lo NATURAL es mejor que lo ARTIFICIAL, entonces habría que despedir a todos los profesionales sanitarios ARTIFICIALES de su actual puesto de trabajo y sustituirlo por los profesionales sanitarios NATURALES. Evidentemente, este planteamiento es incorrecto, ilógico, antijurídico, ilegal, y absurdo. Con los demás calificativo, podemos argumentar casi lo mismo: lo ALTERNATIVO se confronta con lo NORMAL, lo NO CONVENCIONAL con lo CONVENCIONAL, y así sucesivamente.
C) La Naturopatía, al igual que las otras Ciencias de la Salud, tiene su área de saber concreta, su campo de actuación, concreto y sus competencias concretas dentro del sistema sanitario español. Al igual que la tienen los demás profesionales de la salud, por ejemplo, el Medico Rehabilitador y el Fisioterapeuta, el Oftalmólogo y el Óptico Optometrista, El Endocrinólogo y el Diplomado en Dietética y Nutrición, El Médico y el Diplomado Universitario en Enfermería. Y entre el Auxiliar de Clínica y el Enfermero, entre el Técnico en Radiología y el Medico Radiólogo, el Ginecólogo, Tocólogo y la Matrona; o el Psicólogo y el Psiquiatra, o el Técnico en Farmacia y el Farmacéutico. Es decir tenemos un ordenamiento jurídico, donde cada uno cumple sus funciones atribuidas, las cuales, las nuestras – la NATUROPATIA-, se recogen en un documento de autorregulación: el Libro Blanco de la Naturopatía (1981) y el Estatuto General de la Naturopatía (1995), además de las regulaciones parciales de carácter socioeconómico.
3º Estamos hablando de la Naturopatía, como ciencia que sistematiza los conocimientos sobre la salud en su vertiente natural. Y en los planes de estudio a nivel internacional se recoge el aprendizaje de las distintas disciplinas de los Métodos Naturales de Salud (Herbologia, Acupuntura, Homeopatía, Masaje…..) dentro del diseño curricular de la NATUROPATÍA.
1-¿Qué está curando la medicina natural? ¿En qué tipo de dolencias se centra? (tanto la homeopatía, como la acupuntura y las diferentes variantes de masaje)
Ligado con esto, (aunque el periódico es muy “positivo”) donde reside, si es que lo hay, el mayor fraude en el sector. ¿Crees positiva una regulación a nivel administrativo, equivalente a una diplomatura universitaria, como se va a hacer en Cataluña?
4º Así pues desde la Naturopatía se abordan Problemas de Salud, partiendo de un diagnóstico médico previo, además de atender a todas aquellas personas que por propia convicción quieran adquirir un Estilo de Vida Saludable en consonancia con la Naturaleza.
5º El Problema se centra en el intrusismo pseudocientífico. En la falta de regulación por parte de la Administración y en la confusión, por intereses particulares, que se realizan con las llamadas medicinas alternativas, terapias naturales, terapias no convencionales, medicinas holisticas, y todas las terapias y medicinas con apellidos que parecen querer sustituir a la Medicina y a los demás profesionales sanitarios. Si ya si se hubiera regulado desde el punto de vista académico, administrativo y sociolaboral, no habría ningún fraude.
6º La Diplomatura Universitaria en Naturopatía la solicitamos desde FENACO por primera vez en 1994 y después en 1998, y ahora hemos presentado la siguiente solicitud, esta vez como GRADUADO UNIVERSITARIO EN NATUROPATÍA. Nos parece muy importante este regulación Académica que FENACO está negociando con la Administración Central, además de hacerlo también con las Administraciones Autonómicas, solicitando regulaciones parciales como es la figura de los Colegios Profesionales.
2-A nivel más “empresarial”, ¿qué crees que puede suponer la regulación en la que se ha embarcado la Unión Europea? ¿Crees que existe realmente una conspiración de la industria farmacéutica para sacar del mercado a las empresas ligadas a los productos homeopáticos? ¿Cómo crees que ha influido el tema del bio bac?
7º En la Unión Europea, con respecto al profesional al que no estamos refiriendo, es decir al NATUROPATA, existe en Europa regulaciones como es el caso de los HEILPRAKTIKER alemanes (1939) y los NATUROPATH del Reino Unido (1932), en la UE estamos negociando en Bruselas un acuerdo de denominación semántico del Profesional Practicante de los Métodos Naturales de Salud (Natural Health Care Practitioner). Con respecto a las distintas legislaciones sobre los productos herbodietéticas y afines, estamos en contactos y colaboración con las distintas entidades representativas en la UE para la regulación se realice en consonancia con el interés de la Salud Pública.
8º Los productos homeopáticos en España, están regulados por la Ley del Medicamento, por lo tanto los productos homeopáticos no corren ningún peligro en España. Lo que si puede peligrar, y desde hace dos años lo estamos viendo por todas partes, son los complementos herbodietéticas con la reforma del Codex Alimentario. Pero parece ser, que esto ha sido parado en los tribunales de justicia de la UE.
El tema del Bio Bac ha podido influir en las decisiones que se puedan tomar en este ámbito.
Un aspecto más,
3-En el curso del tiempo que llevas trabajando, ¿cuál ha sido la evolución de la gente en su opinión respecto a estas disciplinas? ¡cuál es el estado actual?
Por último, a tu juicio, ¿qué lugar crees que debería ocupar la medicina natural respecto a la oficial?, es decir, ¿cómo deben integrarse?
10º Medicina solo hay una, la que se estudia en las Facultades de Medicina legalmente reconocidas en España, al igual que Farmacia solo hay una, la que se estudia en las Facultades de Farmacia, Fisioterapia solo hay una, la que se estudia en las Escuelas de Ciencias de la Salud, Psicología solo hay una, la que se estudia en las Facultades de Psicología, etc. Por tanto la forma de integrarse, es la reivindicación histórica que venimos realizando desde 1922 en España, una Diplomatura Universitaria en NATUROPATIA o, ahora, un Graduado Universitario en NATUROPATI.A La propuesta que tiene actualmente el gobierno socialista encima de la mesa es la siguiente: Regulación para todos aquellos profesionales de los Métodos Naturales de Salud que demuestren que han estado , como mínimo, durante un año , dado de alta tanto como profesionales AUTONOMOS o como profesionales trabajando por cuenta AJENA en el sector recogido en los epígrafes 841 y 944 del IAE y en el CNAE nº 85.14.