De interés Naturopático: Publicado el Estatuto del Trabajo Autonomo, del que formamos parte más de 27.000 profesionales Naturópatas

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. Le Ley entrará en vigor el 12 de octubre, tres meses después de su publicación en el BOE.

La profesión de Naturopatía ya se recoge en 1990, en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, la Naturopatía se encuadra dentro de las actividades parasanitarias con los epígrafes 841, para profesionales autónomos, y el 944 para los Servicios de Naturopatía. Y por Resolución de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social con fecha de 17 de septiembre fue incluida, la profesión de Naturópata en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. (RETA).

Por tanto, desde FENACO consideramos que el ejercicio profesional del Naturopáta como profesional autónomo está recogido ampliamente en las legislación sociolaboral. Con la aprobación del Estatuto del Trabajo Autónomo, los profesionales Naturópatas acogidos al RETA vemos ampliados nuestros derechos laborales, aunque compartimos con otras organizaciones de profesionales autónomos que este es solo el principio de la consolidación de los derechos del profesional autónomo.

Dentro del articulado, queremos destacar el articulo 4, del Capitulo II, que dice: “a) Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio”, igual que lo recogido en la Constitución Española: “Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.” (Art. 35.1 Constitución Española). y por ello los profesionales de la NATUROPATÍA, que llevamos ejerciendo esta profesión en España desde 1922, la hemos elegido libremente para ejercerla con vocación de servicio a nuestra sociedad, cumpliendo con la normativa vigente y realizando nuestra actividad dentro del marco legal del Estado de Derecho.