Luis Molero, Vicepresidente de FENACO, expresa su satisfacción por el acuerdo de archivo de actuaciones por “pretendida finalidad sanitaria”.

Ante la insistencia de FENACO de que no es necesario autorización sanitaria para el comienzo de la actividad profesional naturopática, por fin tenemos, de una Consejería de Salud, un Acuerdo de Archivo de Actuaciones en el que textualmente se dice:



Visto los antecedentes obrantes en el expediente de referencia en el que consta acta de inspección de fecha…., identificada con los núms…. , levantada por subinspectores adscritos a la Inspección Provincial de Servicios Sanitarios…;el informe emitido en relación con la citada acta el siguiente día…; Acuerdo de Tramite de Audiencia de fecha…., previo a resolver sobre la suspensión de ejercicio de actividad sanitaria de masajes y terapias corporales con pretendida finalidad sanitaria, notificada el siguiente día… Visto, así mismo, visto el escrito de alegaciones presentado en esta Delegación por….. , en el que manifiesta que no realiza actividad sanitaria sino servicios de Naturopatía, especialidad no contemplada como actividad sanitaria. Vista, así mismo el acta de fecha… así como el informe emitido… , no habiendo podido constatar los funcionarios actuantes la realización de actividad sanitaria alguna, resulta improcedente la continuación del procedimiento de prohibición de actividad.”

Según declaraciones del Vicepresidente de FENACO, Luis Molero, el archivo de las actuaciones nos da la razón; en todo el proceso han intervenido con eficacia los peritos judiciales naturopaticos de FENACO que han emitido los respectivos informes para las alegaciones; y esperemos que esto sirva como un precedente más para la regulación de nuestra profesión: la Naturopatía, como actividad profesional sociosanitaria.