“Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.” (Art. 35.1 Constitución Española).
La Constitución Española reconoce el derecho a la libre elección de Profesión… , y por ello los profesionales de la NATUROPATÍA, que llevamos ejerciendo esta profesión en España desde 1922, la hemos elegido libremente para ejercerla con vocación de servicio a nuestra sociedad, cumpliendo con la normativa vigente y realizando nuestra actividad dentro del marco legal del Estado de Derecho. Nuestro estatus legal es socieconomico, reconocido en 1990 y 1997, con este reconocimiento venimos ejerciendo una PROFESION cada vez más solicitada por la ciudadanía.
“Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.(Art. 9.2 Constitución Española)
Confiamos en que los poderes públicos dejen de ponernos obstáculos en nuestro pleno desarrollo profesional facilitando con ello nuestro plena integración profesional.
Por ello, hoy día 6 de diciembre, aniversario de la Constitución Española, FENACO, la organización de mayor antigüedad y prestigio en España trabajando por el reconocimiento institucional de la Naturopatía, exige a la Administración (central y autonómicas) la regulación de una PROFESION que libremente hemos elegido más de 27.000 profesionales.