Un Profesional Naturópata Colegiado, es un profesional que, para acceder a la Organización Colegial Naturopática debe acreditar que cumple con los requisitos previstos por el Estatuto General de la Naturopatía y demás normativa de la Organización Colegial Naturopática, el Comité Europeo de la Profesión Naturopática y la Federación Mundial de Naturopatía WNF.

La Organización Colegial Naturopática que ejerce, entre otras, las funciones de supervisión del ejercicio de la profesión Naturopática, con las garantías de calidad y seguridad para el usuario de los Servicios Profesionales de Naturopatía.

Por lo que los usuarios de los Servicios Profesionales de Naturopatía están ampliamente respaldados por la normativa autorreguladora de la Organización Colegial Naturopática. El Profesional Naturópata perteneciente a la Organización Colegial Naturopática es un profesional cualificado para ofertar Servicios Profesionales de Naturopatía. ¿Sabe usted en qué manos está poniendo sus necesidades naturales de salud?.


Compruebe si el Profesional Naturópata es miembro de la Organización Colegial Naturopática.

  • Porque un Profesional Naturópata Colegiado, es un profesional que, para acceder a la Organización Colegial Naturopática debe acreditar que cumple con los requisitos previstos por el Estatuto General de la Naturopatía y demás normativa de la Organización Colegial Naturopática, el Comité Europeo de la Profesión Naturopática y la Federación Mundial de Naturopatía WNF.
  • Porque un Profesional Naturópata Colegiado, ejerce, además, una función social al velar por el respeto a los derechos de los usuarios de los Servicios Profesionales de Naturopatía y por el cumplimiento de la legalidad vigente.
  • Porque el Profesional Naturópata Colegiado, decide voluntariamente someter su actuación profesional a la supervisión deontológica y disciplinaria de la Organización Colegial Naturopática a la que está adscrito.
  • Porque el Profesional Naturópata Colegiado dispone de un Seguro de Responsabilidad Civil para responder de posibles daños realizados en su actuación profesional y resarcir del perjuicio ocasionado por una actuación negligente. Sin perjuicio de la propia responsabilidad personal del Profesional Naturópata Colegiado
  • Porque puede acudir a la Organización Colegial Naturopática, en busca de asesoramiento y reclamación sobre la actuación de un Profesional Naturópata Colegiado. La Organización Colegial Naturopática no solo defiende, legítimamente intereses corporativos sino también y conforme a la legislación vigente y a la adcripción voluntaria de los Profesionales Naturópatas Colegiados, regula, supervisa y en su caso sanciona la actuación profesional de sus profesionaes adheridos en defensa de todos los usuarios de los Servicios Profesionales de Naturopatía, de tal forma que cualquier persona que se pueda considerar perjudicada por la actuación de un Profesional Naturópata Colegiado, puede dirigirse a la Organización Colegial Naturopática en demanda de su reclamación.