Porque un Profesional Naturópata Colegiado, es un profesional que, para acceder a a la Organización Colegial Naturopática debe acreditar que está en posesión de una acreditación formativa estandarizada según la Organización Colegial Naturopática, el Comité Europeo de la Profesión Naturopática y la Federación Mundial de Naturopatía o de cualquiera de las titulaciones académicas superiores previstas por el Estatuo General de la Naturopatía.
Porque un Profesional Naturópata Colegiado, ejerce una función social al ofertar Servicios Profesionales de Naturopatía de calidad y seguros al velar por el respeto a los derechos de los usuarios y por el cumplimiento de la legalidad vigente. El Profesional Naturópata Colegiado pone a servicio de los usuarios de los Servicios Profesionales de Naturopatía su conocimiento, pericia, formación, compromiso deontológico y capacitación profesional.
Porque el Profesional Naturópata Colegiado, tiene los conocimientos y la experiencia necesaria que permitirán satisfacer las necesidades naturales de salud de los usuarios de los Servicios Profesionales de Naturopatía con garantías.
Porque el Profesional Naturópata Colegiado, decide voluntariamente someter su actuación profesional a la supervisión deontológica y disciplinaria de la Organización Colegial Naturopática al que se adscribe.
Porque la Organización Colegial Naturopática dispone de un Seguro de Responsabilidad Civil para sus colegiados suficiente para responder de posibles daños realizados en su actuación profesional y resarcir del perjuicio ocasionado por una actuación negligente. Sin perjuicio de la propia responsabilidad personal del Profesional Naturópata Colegiado.
Porque puede acudir a la Organización Colegial Naturopática (www.colegionaturopatas.es), en busca de asesoramiento y reclamación sobre la actuación de un Profesional Naturópata Colegiado.
La Organización Colegial Naturopática no solo defiende, legítimamente intereses corporativos sino también y conforme a la legislación vigente y la adscripción voluntaria de los profesionales Naturópatas Colegiados, autorregula, supervisa y en su caso sanciona la actuación profesional de sus asociados en defensa de todos los usuarios que utilizan los Servicios Profesionales de Naturopatía ofertados por los Profesionales Naturópatas Colegiados, de tal forma que cualquier persona que se pueda considerar perjudicada por la actuación de un Profesional Naturópata Colegiado, puede dirigirse a la Organización Colegial Naturopática en demanda de su reclamación.