“Por fin hemos alcanzado un texto de consenso, que busca poner fin a una dispersión existente en materia de ordenación alimentaría y actualizar la normativa básica”, según reconoció la ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, el pasado viernes tras la reunión.
Uno de los aspectos de la nueva norma es la composición de los alimentos que se venden en el ámbito escolar, de forma que la nueva ley prohibirá la venta de alimentos y bebidas en el ámbito escolar que no cumplan con una serie de criterios nutricionales, que “se establecerán en un desarrollo reglamentario posterior elaborado por los expertos en la materia”, según reconoció la ministra.
Suprimir las grasas trans
La ley obliga también a la industria alimentaria a minimizar el contenido de ácidos grasos transaturados, o grasas trans, para lo que el texto establece la obligación de las industrias de utilizar tecnologías e ingredientes que minimicen el contenido de dichas sustancias en la cadena alimentaria.
En cuanto a la alimentación en el ámbito escolar, la ley propone que los responsables de supervisar los menús escolares sean profesionales acreditados en las áreas de Nutrición Humana y Dietética, con el objetivo de que la “oferta alimentaria sea variada y adecuada a las necesidades nutricionales de los alumnos”. Del mismo modo, las instalaciones que lo permitan se elaborarán menús escolares adaptados a las necesidades especiales de los alumnos que tengan alergias e intolerancias alimentarias.
Colegios “libres de publicidad”
En lo que respecta a la publicidad de alimentos, se establece que los centros escolares serán “libres de publicidad” salvo en aquellos casos en que las autoridades escolares y sanitarias estimen que es beneficioso para los alumnos.
Además, como ha recordado Jiménez, “la publicidad exige veracidad y exactitud” y, por ello, se establecerán límites a ciertas prácticas, como que “la aportación de testimonios de profesionales sanitarios o científicos, sean reales o no, o pacientes que puedan influir en la elección de alimentos induciendo a su consumo”.
En este aspecto, se ha optado por la vía de la autorregulación, mediante la firma de acuerdos de corregulación con los operadores económicos y los responsables de comunicación audiovisual.
Con ello se pretende el establecimiento de códigos de conducta que regulen las comunicaciones comerciales de alimentos y bebidas dirigidas a la población menor de 15 años. De este modo, se busca elevar la edad del actual Código PAOS, promovido en 2005 por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas para la autorregulación en materia de publicidad, de los 12 a los 14 años.
Red de vigilancia en seguridad alimentaria
En el ámbito de seguridad alimentaria, el proyecto pretende “unificar la legislación para abordar de manera total la seguridad alimentaria que abarca desde la granja hasta la mesa”, ha explicado la titular de Sanidad. Asimismo, ha recordado que “uno de los objetivos de este proyecto es reforzar la seguridad de los ciudadanos en materia alimentaria”.
Por otra parte, se crea un sistema de información homogéneo en esta materia, coordinado por la AESAN. Este sistema, inexistente hasta ahora, permitirá el intercambio de datos entre profesionales, investigadores y administraciones y facilitará el intercambio de los conocimientos más avanzados en la materia.
Finalmente, se establece la creación de una Red Española de Laboratorios de Control Oficial de Seguridad Alimentaria, coordinada por la AESAN, que “reforzará la vigilancia en seguridad alimentaria”, según la ministra, y mejorará la gestión de la calidad y apoyará la investigación en metodología analítica de la seguridad alimentaria, ya que “permite homogeneizar los procedimientos de vigilancia y optimizar la utilización de los recursos”.